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Desaparecer de Internet: la guía definitiva sobre cómo eliminar todo rastro de internet

hombre que desea desaparecer de internet

Internet ha supuesto numerosas ventajas para nuestro día a día permitiéndonos un sinfín de posibilidades, desde comprar online, contactar con gente con la que habíamos perdido el contacto o algo tan sencillo como informarnos en tiempo real de las noticias. Sin embargo, su utilización ha tenido como resultado que la información que aparece sobre nosotros en Internet aumente; información que puede ser tan beneficiosa como perjudicial para nuestra vida. Así, ser rechazado en un trabajo por el contenido que aparece sobre nosotros en internet, la llamada huella digital, ya es una realidad, pues el 87% de las empresas españolas reconoce consultar la actividad en internet de sus candidatos antes de contratarlos.

En este contexto resulta inevitable hacerse una pregunta: ¿es posible desaparecer de Internet? Lo cierto es que resulta imposible dar una respuesta rotunda a dicha cuestión, pues en gran medida ello dependerá de cada persona y del nivel de actividad que haya tenido previamente en Internet. De hecho, lo más probable es que no sea factible desaparecer al 100%. Pero tranquilidad, esta afirmación no debe alarmarnos, existen diferentes medios y alternativas que pueden ayudarnos a reducir nuestra huella digital y, en consecuencia, mejorar nuestra reputación digital.

La Huella digital

El primer paso para desaparecer de internet comienza por saber qué información hay sobre nosotros en la red. Esto se conoce como huella digital que es un concepto bastante amplio que integra todo rastro que dejamos cuando utilizamos internet. Efectivamente, cada vez que utilizamos un buscador y navegamos por páginas web vamos dejando un rastro de información sobre nosotros, unas miguitas que si son seguidas de la forma adecuada se puede llegar a saber mucho sobre una persona. Es por eso que este tema cada vez preocupa más a los usuarios pues atenta contra su propia intimidad y seguridad al perder el control de la información que existe sobre nosotros en la red y siendo accesible a cualquiera. De ahí que cada vez sea más frecuentes los servicios de elaboración de informes de huella digital y borrado.

Estos servicios permiten dejar en manos de profesionales la eliminación de los contenidos de la red conforme la legislación vigente. Su utilización tiene mucho sentido cuando la información que aparece sobre nosotros es elevada. De esta manera, la persona que solicita estos servicios puede despreocuparse de tener que realizar este laborioso trabajo de búsqueda y análisis de información personal, pues en el informe se presentará detalladamente esta información y su calificación como beneficiosa o perjudicial. Asimismo, se indicará cuál es posible eliminar, procediéndose, en caso de que la persona así lo quiera y la legislación lo permita, a la eliminación de la misma.

No obstante, pese a la existencia de estos servicios, es recomendable que el usuario adopte una posición más proactiva de cara a proteger su privacidad mediante la configuración manual de la privacidad en las redes sociales, buscadores y páginas web utilizadas.

Medidas que establecen buscadores y otras páginas web

En la actualidad, existen numerosos buscadores que nos facilitan encontrar casi toda clase de información que vayamos a necesitar. La información que aparece sobre nosotros en los buscadores debe ser diferenciada en dos clases:

  • Información que nosotros mismos hemos introducido, por ejemplo, los perfiles de nuestras redes sociales.
  • Información que terceros han introducido sobre nosotros. Estos terceros pueden ser desde amigos o conocidos, por ejemplo, cuando publican una foto en la que aparecemos, hasta personas totalmente desconocidas de muy diferente clase: páginas web, periódicos, organismos públicos, etc. Así, lo más probable es que si alguien se presenta a una oposición aparezca al buscar su nombre el boletín correspondiente informando de los resultados de dicha oposición.

Toda esta información permite a cualquier persona que introduzca nuestros datos en un buscador hacerse una idea sobre nuestra vida, siendo posible averiguar a qué se dedica, quiénes son sus amigos más cercanos, su situación sentimental e incluso averiguar sus preferencias y gustos y todo ello a un simple golpe de clic. Ante esta situación no es de extrañar que cada vez aumente la preocupación de los internautas por su privacidad y seguridad. De ahí, que sean los propios buscadores los que establezcan formas y medios para lograr que los usuarios se sientan seguros mientras navegan. En este sentido, Google ofrece diversas formas de controlar la privacidad de los usuarios mediante la desindexación de determinados enlaces en su motor de búsqueda, así como la eliminación de determinados contenidos.

Cuando la información no ha sido introducida por nosotros la situación se vuelve bastante más compleja porque ya no queda solo en nuestra mano la eliminación de ese contenido. De hecho, para poder eliminar información que han introducido terceros sobre nosotros es necesario tener en cuenta diversos aspectos:

  • Tipo de información. La información puede ser perjudicial o no para la persona, un periódico puede publicar que hemos ganado un premio o que hemos sido condenados por un determinado delito. Del mismo modo, una información que reviste interés público es mucho más difícil de eliminar que aquella que no lo tiene.
  • Tipo de medio que ha publicado la información. No solo es relevante la clase de información sino también quién la ha publicado:
    • Si la publica un organismo o entidad pública, por ejemplo, a efectos de notificaciones en los procesos de selección públicos se suelen publicar en el boletín correspondiente los resultados de las mismas, lo que implica que aparezca nuestro nombre y apellidos, el puesto solicitado y los resultados que hemos obtenido en el proceso. Esta información se publica estando amparada legalmente por lo que es mucho más complejo que sea eliminada, pues en muchas ocasiones también goza de interés público.
    • Si lo publica un medio de comunicación amparado por el Derecho a la información, aquí van a chocar el Derecho a la intimidad y protección de datos con el Derecho a la información, por lo que se tendría que valorar sobre casos concretos.
    • En cambio, cuando la información ha sido publicada por una entidad privada, que no goce del privilegio de ser un medio de comunicación, suele ser más sencilla su eliminación y más si no contaban con nuestro permiso.
  • Tiempo transcurrido. El tiempo transcurrido desde que se publicó la información que aparece sobre nosotros también es relevante de cara a su eliminación o desindexación, precisamente porque en muchas ocasiones el transcurso del tiempo hace que la información que un principio fue útil deje de serlo.

Teniendo en cuenta los aspectos anteriores, Google permite retirar contenido de sus buscadores de la Unión Europea en caso de considerar fundada nuestra petición.

No obstante, debe tenerse en cuenta que además de dirigirnos a Google, es posible acudir Responsable de la página web en la que se haya publicado la información sobre nosotros. De hecho, la propia normativa en protección de datos establece que el responsable del tratamiento de datos debe facilitar un medio para que los interesados puedan ejercer los derechos que se reconocen en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), entre los que figura, el derecho de supresión de los datos, también conocido como el derecho al olvido.

Cancelación de datos publicados por nosotros mismos

En cambio, cuando la información ha sido introducida por nosotros, es mucho más sencillo que está sea eliminada pues es el propio usuario el que puede hacerlo de forma manual, por ejemplo, mediante el borrado de la imagen, del tweet o del post publicado o, en caso de que se requiera algo más extremo, con la propia eliminación de la cuenta en la que se encontrasen aquellos datos que queramos eliminar. De hecho, no es de extrañar que redes sociales como Twitter, Facebook, Instagram e incluso LinkedIn, entre otras, ofrezcan la posibilidad al usuario de configurar el nivel de privacidad de su cuenta a distintos niveles. Esta opción puede ser bastante recomendable sobre todo si se quiere separar la vida personal de la profesional.

A continuación, se explica brevemente cómo se puede realizar en las principales redes sociales:

Facebook

Facebook es una de las redes sociales que más controversia ha causado en materia de privacidad por usar los datos de sus usuarios sin contar con el permiso previo de estos. No obstante, controlar los datos que la aplicación recaba sobre nosotros y cómo los utiliza no es una cuestión que este al alcance del usuario más allá de realizar un previo control de su política de privacidad y en consecuencia decidir si crearse un perfil o no en la red social.

Ahora bien, una vez ya hemos entrado en el juego y formamos parte de la misma existen diversas formas de controlar la exposición que tiene nuestro perfil al público. Así, en un primer nivel nos encontraríamos con la posibilidad de cambiar la visibilidad del perfil pasando de un perfil “público” a uno “privado”. Esta simple acción nos permitirá mantener las publicaciones de nuestro muro dentro de nuestra esfera más íntima al solo poder ver nuestro perfil y los datos que en el mismo se contienen a los que figuren como nuestros amigos en la plataforma. De hecho, Facebook permite editar la configuración a un nivel mayor de detalle, permitiéndonos distinguir entre quién puede enviar solicitudes de amistad, mensajes, publicar en tu muro, etc., y dándonos a elegir entre diversas opciones: todo el público, amigos de amigos, amigos o solo el propio usuario. Siendo posible personalizarlo y seleccionar las personas concretas que pueden verlo y decidir a que personas se les puede ocultar determinada información. Además, podemos ir más allá y evitar que nuestro perfil personal salga en los buscadores. Esto permitirá que si alguien introduce nuestro nombre y apellidos en un buscador como Google no aparezca nuestro perfil.

Para poder introducir todas estas limitaciones de visibilidad simplemente debemos acceder a las configuraciones de privacidad de nuestra cuenta y editar aquellas que consideremos necesarias.

En cualquier caso, es recomendable que si se quiere entrar en un mayor detalle sobre estas cuestiones se visite el servicio oficial de ayuda de Facebook: Soporte Facebook

Twitter

Por su parte, Twitter, aunque por defecto establece el carácter público de todos los perfiles, también permite proteger la privacidad de la cuenta. De este modo, en los ajustes de seguridad y privacidad tenemos diferentes opciones para proteger nuestra cuenta.

En este sentido, al igual que con Facebook, se puede configurar la visibilidad del perfil lo que permitirá determinar quién puede ver nuestro perfil. Asimismo, en el caso de que decidamos tener un perfil público también podemos limitar la visualización de nuestros tweets, por ejemplo, Twitter permite que nuestros tweets no sean retwitteados o que nuestros tweets protegidos no aparezcan en los motores de búsqueda.

Para mayor información sobre la privacidad y protección de tú cuenta de Twitter puedes acceder a su centro de ayuda donde se explica con mayor detalle las posibilidades de privacidad: Soporte Twitter

Instagram

Instagram también permite controlar la visibilidad de la cuenta, así los usuarios pueden configurar su cuenta como privada. De esta forma, solo los seguidores que sean aprobados previamente pueden ver lo que se comparte. Si bien, cuando una cuenta es privada y se dejan me gustas o comentarios en cuentas públicas estos sí que serán visibles al resto de personas, aunque en el momento que estas quieran ver el perfil necesitarán la aprobación previa.

Si se quiere saber más sobre las distintas opciones que ofrece Instagram en materia de privacidad es recomendable acceder a su centro de ayuda: Soporte Instagram

LinkedIn

El posicionamiento profesional a través de LinkedIn es cada vez más importante dado que es la red social para profesionales por excelencia. A través de esta se pueden entablar nuevas relaciones y contactos, publicar cuestiones relevantes que te permitan obtener nuevas oportunidades e incluso encontrar trabajos que se adapten a tu perfil e intereses.

LinkedIn también permite personalizar la configuración del perfil público para establecer los límites sobre la información de perfil que se muestra permitiendo desactivar o actividad determinadas secciones para que estas figuren como visibles en los motores de búsqueda públicos.

LinkedIn también ofrece información sobre las configuraciones de privacidad en el siguiente enlace: Soporte LinkedIn

Por otro lado, la Agencia Española Protección Datos ha elaborado unos vídeos sobre cómo configurar las opciones de privacidad en las principales redes sociales al que se puede acceder mediante el siguiente enlace: Cómo configurar las opciones de privacidad en las principales redes sociales

El derecho al olvido. La cancelación de datos publicados por terceros

Cuando son terceros los que han publicado información sobre nosotros en la red una de las causas por las cuales podemos solicitar la supresión de los datos es lo que se conoce como: derecho al olvido. Este derecho fue reconocido en una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que hizo pública el 13 de mayo de 2014 en la que establecía que el tratamiento de datos que realizan los motores de búsqueda está sometido también a las normas de protección de datos de la Unión Europea y que las personas tienen derecho a solicitar que los enlaces de sus datos personales no figuren en los resultados de una búsqueda en internet realizada por su nombre, siempre y cuando se den determinadas condiciones.

Las preguntas más habituales sobre el ejercicio de este derecho son:

  • ¿Qué es el derecho al olvido?
  • El derecho al olvido se puede entender como el derecho que se le reconoce a los interesados a impedir la difusión de información personales a través de internet. La finalidad que tiene es permitir que el pasado de las personas no suponga una carga para estas y, por lo tanto, puedan construir su vida, siempre y cuando la información de la que se trate no revista interés o utilidad social que justifique las consecuencias negativas asociadas a la publicidad de una noticia que en su día fue legítimamente divulgada.

  • ¿Frente a quién puede ejercerse?
  • El derecho al olvido puede ejercer frente al propio buscador y también frente a los editores originales. De hecho, es recomendable en muchas ocasiones que se ejerza frente a ambos, por la posibilidad de que existan enlaces duplicados, entre otros motivos.

  • ¿Supone la eliminación total de la información?
  • No, el derecho al olvido permite que cuando se busca el nombre de la persona en el buscador no aparezca el enlace que se solicita, lo que no supone que la publicación haya sido eliminada. De ahí, que sea recomendable solicitar a los redactores originales la eliminación de la información, pues sino cualquier que tenga el enlace web podrá igualmente acceder a esa publicación.

  • ¿Cómo puede ejercerse?
  • Dirigiéndose al motor de búsqueda o redactor original y realizando una solicitud de supresión. La mayoría de buscadores tienen preestablecidos formularios para que sea mucho más sencillo la realización de la misma.

En Bórrame.es somos tu oportunidad para eliminar información personal de internet. Conoce más acerca de nuestros servicios navegando a través de nuestro sitio web.

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